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    Energía autorizó subas de hasta 4% en los biocombustibles

    La Secretaría de Energía aprobó un incremento de hasta 4% en el precio de los biocombustibles destinados para la mezcla obligatoria por ley con las naftas y el gasoil, a través de las Resoluciones 188 y 189/2026 publicadas este lunes en el Boletín Oficial.

    3 de agosto de 2026 | 20:02
    Energía autorizó subas de hasta 4% en los biocombustibles
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    La medida se da tras la actualización parcial en el valor de los impuestos a los combustibles, por lo que este factor sumará mayor presión en los costos del sector, pudiendo trasladarse a los surtidores en las próximas semanas.

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    De esta manera, el precio mínimo de adquisición del biodiésel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil subió un 4%, quedando en $2.001.063 por tonelada, para las operaciones a llevarse a cabo durante agosto y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
    La normativa gubernamental, que analizó la Agencia Noticias Argentinas, determinó que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 7 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

    Por otro lado, el precio mínimo de adquisición por litro del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar trepó 1,74% y se fijó en $1.061,878. Mientras que para el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz, Energía dispuso una suba del 1,75%, ubicando el nuevo valor en $973,244.

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    El documento oficial precisó que el plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

    Asimismo, aclaró que los nuevos precios fijados “son los valores mínimos a los cuales deberán ser llevadas a cabo las operaciones de comercialización en el mercado interno”.

    Se recordó que la secretaría energética está facultada para modificar los precios “tanto en los casos en que se detecten desfasajes entre los valores resultantes de su implementación y los costos reales de elaboración de los productos, o bien cuando dichos precios puedan generar distorsiones en los precios del combustible fósil en el pico del surtidor, esto último lo cual resulta necesario atender en el contexto actual, fijando excepcionalmente precios que se ajusten a dicha necesidad”. Agencia NA.

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